Isapres no podrán restringir prestaciones de salud mental desde marzo 2022

El 96,4% de los planes que comercializan las isapres tienen restricciones de cobertura en prestaciones de psiquiatría y psicología. Así lo indica un estudio realizado en enero de 2021 por la Superintendencia de Salud.

Según informan en La Tercera, “de acuerdo al análisis, que consideró los datos de 2020, la bonificación efectiva promedio de los planes frente a prestaciones de salud mental fue del 28,9%. Se trata de una cifra considerablemente menor a la cobertura general que las aseguradoras entregan al total de atenciones y que llegó al 61,8%, configurándose así una brecha de cobertura de -32,9 puntos porcentuales, en desmedro de las atenciones de origen psiquiátrico”.

Sin embargo, gracias a la Ley de Salud Mental, que protege los derechos de personas con estos trastornos y prohíbe que sean discriminadas arbitrariamente, lo anterior quedará en el pasado.

Esto, porque tras una interpretación de las disposiciones de parte de la Superintendencia de Salud, se encontró que “las diferencias en las coberturas de las prestaciones de salud mental, en relación a las que se entregan a las otras atenciones de salud física, sí implican una discriminación hacia los pacientes”, explicó Patricio Fernández Superintendente de Salud a La Tercera.

En este contexto, en la circular 396, enviada por la Superintendencia de Salud a las Isapres, se estipula que las Isapres, "no podrán comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para las prestaciones de salud relacionadas con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o salud mental". Sumando, que no podrán estipular "topes de bonificación y/o topes máximo año contrato por beneficiario menores que los establecidos para las prestaciones de salud físicas".

Y en línea con la ley 21.331, se elimina de la declaración de salud cualquier consulta que tenga que ver con "haber padecido una enfermedad mental o discapacidad psíquica o intelectual… Como tampoco pedir antecedentes clínicos o realizar entrevistas que revelen esos diagnósticos".

La nueva regulación regirá para los planes que se suscriban a contar del 1 de marzo.

"Cuando entre en vigencia este cambio, muy probablemente se ajustarán los precios y coberturas de los planes que las Isapres van a comercializar. Es muy importante que las personas revisen su contrato y lo comparen con los que se ofrecerán, para que evalúen la alternativa más conveniente", aseguró el Superintendente de Salud, Patricio Fernández.

Revisa la circular Nº396, enviada por la Superintendencia de Salud en este LINK.